Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2006-R
Fecha: 15-Mar-2006
II.3.
II.3. Mediante memorando 001/2004, de 23 de noviembre, entregado en la misma fecha a la recurrente, el Comandante del Batallón de Seguridad Física, Carlos García Monje, le comunicó que por disposición de ese Comando y por motivos de reestructuración administrativa, a partir del 1 de diciembre de ese año se prescindía de sus servicios, “dando por concluida su relación laboral” (sic), dejando claro que el Batallón pagaría inclusive el sueldo de diciembre, por haberse así estipulado en el contrato (fs. 20).