Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0252/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el recurrente arguye que como emergencia de la denuncia penal por supuestos delitos de peculado y otros formulada por el Rector de la UPEA en su contra, el Fiscal de Materia recurrido sin considerar disposiciones legales universitarias emitió requerimiento fiscal disponiendo se proceda al inicio de diligencias preliminares, cuando debió rechazar la inconsistente denuncia, por lo que se encuentra indebidamente perseguido y procesado, habiéndose vulnerado su derecho a la seguridad jurídica. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar o no la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental,
- el imputado debe acudir ante el Juez cautelar, impugnando los supuestos actos ilegales que impliquen vulneración a su derecho a la libertad, pues es esa autoridad la que debe controlar la investigación y definir la situación jurídica del imputado, y si es que la lesión al derecho a la libertad continúa, podrá interponer el recurso de apelación previsto en el art. 251 del CPP
- III.2.
- APROBAR