SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0261/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0261/2006-R

Fecha: 22-Mar-2006

procedente

La Sentencia de 3 de agosto de 2005, cursante de fs. 149 a 151 vta., pronunciada  por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró procedente el recurso de amparo constitucional y dispuso dejar sin efecto las Resoluciones del Consejo Facultativo 75/2004, de 3 de agosto y la Rectoral 246/2004, de 10 de agosto, y ordenó la inmediata restitución del recurrente a su cargo de Director del Programa de Alimentos y Productos Naturales de Facultad de Ciencias y Tecnología de la UMSS, con los derechos y deberes inherentes al mismo y la reincorporación del recurrente a su cargo de Director del Programa, bajo estos fundamentos: 1) la Resolución de 20 de octubre de 2004, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la misma Corte, dentro de otro recurso de amparo constitucional interpuesto por el  recurrente ha sido totalmente revocada mediante la SC 0399/2005-R, que señaló encontrarse pendiente el pronunciamiento expreso por el Consejo Universitario; 2) con posterioridad a la referida Sentencia el recurrente expresamente por memorial de 3 mayo de 2005, reiteró su solicitud ante el Consejo Universitario sin haber sido atendido; y 3) al no haber pronunciamiento expreso del Consejo Universitario sobre su petitorio se vulneró su derecho a la petición, al existir silencio administrativo.