Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 114/2006-RCA
Fecha: 17-Abr-2006
revisión
En revisión la Resolución 05/2005 de 22 de agosto, cursante de fs. 33 a 35, pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Carola Liset Téllez Claros en representación legal de Edgar Coss Zelaya contra Maria Cristina Montesinos R. y Fabiola Vásquez Doria Medina, Jueza y Secretaria; respectivamente, del Juzgado de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Potosí; por haber vulnerado sus derechos, previstos en los art. 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- denegó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido; esto muestra la enorme importancia que tiene el petitium de la causa, pues, el Juez está vinculado a la misma
- la ambigüedad e incoherencia de su petitorio
- II.3.
- en adelante, tanto los jueces o tribunales de amparo como este Tribunal Constitucional emplearan esta terminología al resolver el fondo de la problemática planteada en el amparo constitucional
- deniega