Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2006-R
Fecha: 05-Abr-2006
II.1.
II.1. Por memorandos 85/01, de 28 de mayo de 2001 (fs. 87), y de 4 de diciembre de 2001 (fs. 84), así como a través del memorando 79/2002, de 10 de junio de 2002 (fs. 82), el Alcalde y el Oficial Mayor de la Alcaldía de Capinota respectivamente, comunicaron al hoy recurrente que habiendo cumplido el plazo de su contrato de trabajo, prescindían de sus servicios como Director de Obras Públicas.