SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
concedió
La Resolución de 197/2005, de 18 de agosto cursante de fs. 90 a 92, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro concedió el recurso con relación a los vocales Juan Domingo Ferrufino Encinas y Teresa Severichz de Alessandri y deniega respecto al Oficial de Diligencias Jhonny Magno, por no ejercer jurisdicción y competencia, anulando obrados hasta que el recurrente sea notificado con el Auto de 18 de marzo de 2005 en su domicilio procesal o en forma personal, con los siguientes fundamentos: a) dentro del proceso penal seguido por Nicanor Justo Reynaga por el delito de cheque en descubierto, se dictó Sentencia el 20 de enero de 2005, contra la que se interpuso apelación restringida, conminando la Sala Penal Primera a subsanar defectos y omisiones de forma, para finalmente rechazar el recurso por Auto de 28 de marzo de 2005; b) el Auto de 28 de marzo de 2005 se constituyó en definitivo, porque “se pone punto final, sin discusión la decisión de condena del inferior” (sic); c) el Auto definitivo debió ser notificado al recurrente en forma personal, o en su caso, en su domicilio procesal señalado y al no haber obrado de ese modo significó vulnerar la garantía del debido proceso y el derecho a la defensa.