SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que no obstante que el recurso de hábeas corpus que interpuso el 22 de febrero contra el Fiscal de Materia co-recurrido, Marco Antonio Rodríguez, fue declarado procedente habiéndose dispuesto la nulidad de la imputación formal que pesaba en su contra, ninguna de las autoridades recurridas que solicitaron y dispusieron su detención como medida cautelar en la investigación que se siguió bajo la dirección de dicho Fiscal, ordenó su libertad que correspondía al no existir ya imputación formal, y pese a haber transcurrido ocho días desde el pronunciamiento de ese recurso constitucional, se lo mantiene en detención incurriendo en desobediencia a resoluciones de hábeas corpus. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en los hechos importaría pretender negarle eficacia a los efectos de los fallos de la jurisdicción constitucional y generar un círculo vicioso de amparos que haría colapsar a esta jurisdicción; y por ende daría lugar a la utilización insulsa tanto de recursos económicos como humanos, así como también el mal gasto de recursos al agraviado que ya había obtenido la tutela, de modo que, se reitera el amparo no es la vía para pedir el cumplimiento de una resolución constitucional
- III.2.
- APROBAR