SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0374/2006-R
Fecha: 18-Abr-2006
II.5.
II.5. Mediante carta notariada de 26 de abril de 2005, el mandante de la recurrente solicitó al Fiscal recurrido ordene la notificación con la Resolución Determinativa de 9 de marzo de 2005 al Director Nacional de DIPROVE y al Director Ejecutivo de RUAT (fs. 3 a 5); solicitud que fue respondida por decreto de 30 de abril de 2005, por la que el recurrido señaló que en mérito a instrucciones emanadas por el Fiscal de Distrito, los casos referidos a la nacionalización de vehículos con reporte de robo en el extranjero radicados, diligenciados e investigados en esa oficina debían paralizarse en su tramitación en tanto emerjan lineamientos o directrices de orden legal de la Fiscalía de Distrito de Cochabamba y/ o Fiscalía General de la República (fs. 6).