SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0381/2006-R

Fecha: 20-Abr-2006

a)

a) La inconcurrencia de la querellante al verificativo de la última audiencia no constituye un acto premeditado, más bien cursa una literal que justifica su inconcurrencia y si bien no tuvo oportunidad de ser evaluada por el Juez de la causa, es parte del proceso por lo que debió ser valorada al menos como un principio de prueba por el Tribunal de segunda instancia, al existir antecedentes similares dictados por la misma Sala, así como por la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional con relación a la extinción de la acción por abandono de querella.

La recurrente afirma que las autoridades recurridas vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, a la petición, a la defensa, así como a la garantía del debido proceso, pues: a) el Juez recurrido declaró extinguida la acción por abandono de querella y pese a haber acreditado su inasistencia a la audiencia de juicio emitió el decreto de 5 de febrero de 2005, por el cual determinó estarse a lo dispuesto; b) los vocales recurridos declararon improcedente el recurso de apelación, confirmando la decisión del Juez a quo, bajo el fundamento de que no presentó elementos de prueba para acreditar la inexistencia de premeditación para su inasistencia a la audiencia de juicio, sin considerar que justificó en forma documentada a través de un memorial añadido al expediente erróneamente antes de la Resolución de abandono, por lo que desconocieron la SC 1120/2002-R. Corresponde considerar si en la especie es viable otorgar la tutela pretendida.