SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0384/2006-R
Fecha: 20-Abr-2006
a)
La abogada y recurrente ratificó los fundamentos expuestos en el memorial del recurso y los amplió señalando lo siguiente: a) en el presente trámite no se pretende discutir la veracidad o no de la acusación presentada por el Fiscal recurrido, sino la vulneración de derechos constitucionales al haber incumplido dicha autoridad lo dispuesto por el art. 97 del CPP en cuanto a que durante la etapa preparatoria el imputado debe prestar declaración ante el fiscal previa citación formal, situación que no se dio, toda vez que de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, la etapa preparatoria se inicia con la imputación formal momento desde el cual corren los seis meses establecidos por el procedimiento penal, lo que significa que en el caso de sus representados la etapa preparatoria se inició el 7 de mayo de 2004 con la presentación de la imputación, momento desde el cual y hasta la presentación de la acusación el recurrido nunca recibió la declaración de sus mandantes en calidad de imputados, pues las declaraciones prestadas durante la etapa preliminar se constituyen únicamente en declaraciones informativas con características distintas a la declaración que debe prestar el imputado ya en la etapa preparatoria donde se tienen claros los tipos penales por los que se inicia la acción; b) la falta de declaración de sus representados en la etapa preparatoria tiene trascendencia esencial, pues además de la defensa técnica existe la defensa material a la que tiene derecho el imputado para expresar en forma personal lo que tenga que decir respecto a la imputación en su contra, además de ello el Fiscal recurrido nunca escuchó a los imputados y al contrario de ello sorprendió con la presentación de la acusación, sin que para ello hubiese seguido el procedimiento legal.