SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2006-R

Fecha: 24-Abr-2006

III.3.

III.3. Por lo analizado, las pretensiones del recurrente no se encuentran dentro de los alcances de la tutela que brinda esta acción tutelar, siendo como se dijo precedentemente, que la causa para la privación de la libertad es el incumplimiento en la satisfacción de la asistencia familiar, que según los alcances del art. 149 del CF es de interés social y tiene apremio corporal para su oportuno suministro, corroborado por el art. 436 del indicado Código que señala que la obligación de asistencia se cumple bajo apremio, con allanamiento, en su caso del domicilio de la parte obligada, y su oportuno suministro no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno; concordante con lo establecido en el art. 70 de la Ley de abreviación procesal civil y de asistencia familiar y art. 11 de la Ley de abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales.

          Al respecto, la  SC  1133/2002-R,  de  19 de septiembre, ha puntualizado: “… en el caso presente, la recurrida conforme a la interpretación citada, procedió a expedir el mandamiento de apremio motivado por el incumplimiento en el pago de asistencia familiar por parte del recurrido, de modo que no ha vulnerado la libertad física del recurrente y menos incurrido en infracción a las normas del debido proceso, simplemente ha impuesto una limitación al derecho de libertad que está expresamente prevista por Ley”.