AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2006-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2006-O

Fecha: 24-May-2006

I.6 -

I.6 -Por memorial presentado el 20 de febrero de 2006 (fs. 136) el abogado patrocinante del recurrido Héctor Cartagena Chacón solicitó al Juez de amparo la retención de haberes del recurrente y se ordene el pago; habiendo reiterado dicha solicitud el 20 de abril de 2006 (fs. 138); a lo que se providenció por decreto de 21 de abril, en sentido de que con carácter previo se resuelva la solicitud de dejar sin efecto la imposición de costas.