AUTO CONSTITUCIONAL 142/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 142/2006-RCA

Fecha: 22-May-2006

los recurrentes no cumplieron los requisitos de contenido -insubsanables- establecidos en el art. 97. III y IV de la LTC,

En el caso de autos, de la minuciosa revisión de la demanda de amparo constitucional, la Comisión de Admisión ha constatado que los recurrentes no cumplieron los requisitos de contenido -insubsanables- establecidos en el art. 97. III y IV de la LTC, referidos a la exposición con precisión y claridad tanto los hechos que le sirven como fundamento, como de los derechos y garantías que se considera vulnerados; toda vez que la redacción de la demanda de amparo constitucional es confusa e imprecisa, se limita a referirse a los efectos de la Resolución impugnada y no precisa la relación de causa y efecto entre dichos hechos confusamente relacionados, con los derechos y garantías supuestamente vulnerados, respecto a lo cual, cabe hacer notar que ello no sólo implica la mención del o de los derechos presuntamente vulnerados, la cita del artículo o norma constitucional donde se encuentran contenidos, sino, la relación de causalidad entre ambos; aspectos imprescindibles a momento de realizar un análisis de fondo de la problemática planteada, razón por la cual su omisión determina el rechazo in limine.