en cuanto a su importancia y los efectos de su omisión
Es decir, que la precisión y claridad del petitorio de la demanda, es un requisito de contenido; y en cuanto a su importancia y los efectos de su omisión, en el punto II.2.3 del aludido Auto Constitucional, se estableció que: “Es indispensable su precisión -según la naturaleza del proceso o recurso que se trate-; que en el caso del recurso directo de nulidad, exige que se precise qué acto o resolución se está recurriendo de ilegal por falta, cesación o usurpación de competencia, cuya nulidad se solicita, exigencia que tiene particular importancia, toda vez que la jurisdicción constitucional actúa a instancia de parte y no de oficio, en ese sentido, está obligada a fallar dentro del margen de lo solicitado. Se deja presente que a partir del presente Auto Constitucional, las demandas o recursos constitucionales que no expongan su petitorio con precisión y claridad -al ser un requisito de contenido- serán rechazadas por la Comisión de Admisión”.
- Ramsés Ibáñez Dipp y Eva María Mújica Zubieta, en representación de la Aduana Nacional Regional Oruro de Tambo Quemado
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- referidas al derecho al debido proceso y a la sustanciación de los mismos respetando los derechos y garantías del procesado
- I.3. Petición
- II.1.
- Fragmento 7
- II.2.1.
- formulación o exposición del
- en cuanto a su importancia y los efectos de su omisión
- no han especificado con precisión y claridad su petitorio
- II.2.3. Ausencia de fundamentación jurídica constitucional que amerite un análisis de fondo.
- ante una respuesta negativa después de haberse sometido a su competencia
- se haga un control al debido proceso
- no debe entenderse que (…..) sea aplicable a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que las mismas pudieran producirse en los procesos
- RECHAZA
