SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2006-R
Fecha: 16-May-2006
II.1.
II.1. El 27 de octubre de 1998, el Concejo Municipal de Vinto emitió la Ordenanza Municipal 48/98, que en su artículo primero abrogó las OOMM 11/93, de 28 de octubre de 1993, 009/96; de 7 de mayo de 1996 y 003/98, de 10 de febrero de 1998, que disponían la expropiación del terreno de propiedad de la ex empresa FINSA S.R.L. ubicado en la zona del Purgatorio. El artículo segundo autorizó el cambio de uso de suelo del terreno de la ex empresa FINSA S.R.L. declarándola zona de urbanización y el artículo Tercero facultó al Alcalde aprobar el plano de fraccionamiento del terreno de propiedad de la empresa, con la condición de que se realice una cesión gratuita del 45% del terreno al Municipio (fs. 4 a 7).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- El derecho de petición
- i)
- III.3. El caso concreto. Improcedencia del recuso por hecho superado.
- anterior a la interposición del recurso de amparo que ahora se revisa,
- III.4.