Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2006-R
Fecha: 16-May-2006
II.3.
II.3. Por decreto de 28 del mismo mes, emitido por el recurrido, la solicitud fue remitida a la Dirección de Asesoría Legal (fs. 29 a 30), instancia que el 21 de febrero de 2005 solicitó informe a la Dirección de Urbanismo (fs. 30 vta.), que emitió el Informe de 2 de marzo de 2005, observando la inexistencia de trámite por parte de la ex empresa FINSA S.R.L. (fs. 31).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- El derecho de petición
- i)
- III.3. El caso concreto. Improcedencia del recuso por hecho superado.
- anterior a la interposición del recurso de amparo que ahora se revisa,
- III.4.