Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0487/2006-R
Fecha: 22-May-2006
II.5.
II.5. El 11 de octubre de 2004, el Juez del proceso dictó Resolución declarando probado el incidente de nulidad presentado por el poderconferente del recurrente disponiendo la anulación de obrados hasta la audiencia de remate, con el fundamento de que no se había notificado a éste con el señalamiento de audiencia de remate habiéndosele dejado en indefensión al procederse al remate de una parcela rústica de su propiedad (fs. 90 y vta.); Auto que fue complementado por Resolución de 21 de octubre de 2004, disponiendo la anulación de obrados hasta fs. 34 del expediente original únicamente en lo referido a las actuaciones en relación al inmueble del representado del recurrente (fs. 94).