SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0487/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0487/2006-R

Fecha: 22-May-2006

II.6.

II.6.  Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2004, la Fundación “Agrocapital” planteó recurso de apelación contra el Auto de 11 de octubre de 2004 y la Resolución complementaria de 21 del mismo mes y año (fs. 109 a 111); que fue resuelto por los vocales recurridos mediante Auto de Vista de 11 de mayo de 2005 que revocó los Autos impugnados con los siguientes fundamentos: a) desde el momento que el mandante del recurrente había otorgado poder a su padre y hermano para obtener el préstamo e hipoteca de su parcela tenía conocimiento y se encontraba reatado a la obligación de pago, además que no existió indefensión ya que había tenido conocimiento de la causa desde el momento de suscribir el referido poder; b) los edictos publicados en un diario de circulación nacional constituían una forma de notificación; y c) el proceso se encontraba con Sentencia y Auto ejecutoriados por lo que al Juez a quo al dictar los Autos apelados había actuado sin competencia; por otra parte, que en el caso en análisis la nulidad solicitada no se encontraba dentro de las causas previstas por el art. 44 de la LAPCAF ni dentro del término indicado en dicho precepto legal y que lo que correspondía era encuadrarse a lo previsto por el art. 28 de la citada Ley (fs.171 a 172).