Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2006-ECA
Fecha: 12-Jun-2006
I.7.
I.7. Por último, solicita se aclare desde que momento tiene vigencia la Sentencia de amparo constitucional pronunciada en primera instancia y la SC 0248/2006-R y si el alcance de la última tiene carácter retroactivo, teniendo en cuenta que en cumplimiento de aquella le fueron cancelados sus sueldos por haberse declarado procedente el amparo constitucional.
- Margarita Medrano Mayta
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- I.4.
- I.5.
- I.6.
- I.7.
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- la complementación, aclaración y enmienda, son medios procesales por los cuales puede este Tribunal, después de dictar sus fallos complementar, aclarar o enmendar algún concepto oscuro, corregir un error material o subsanar alguna omisión sin afectar el fondo de la resolución.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.