SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0567/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
ello no impide compulsar la actuación de la autoridad judicial recurrida, más cuando se tiene acreditado que no incurrió en ningún acto que restrinja indebidamente el derecho a la libertad del representado del actor
Conforme a lo señalado, este entendimiento entraña una reconducción de la línea jurisprudencial contenida en la SC 0473/2006-R, 16 de mayo, habida cuenta que en el Fundamento Jjurídico III.4 de ella se señaló, que “(...)Respecto al fundamento del Juez de hábeas corpus en sentido de que el recurso debió también estar dirigido contra el Tribunal de alzada que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución 43/2006 de 31 de enero, cabe señalar que si bien la SC 1465/2005-R, de 15 de noviembre, estableció que: “el recurrente no tomó en cuenta que en estos casos se debe demandar a la instancia última que tomó conocimiento y falló en el caso, pues es ésta la que en última instancia tiene la facultad de revocar o modificar el acto reclamado”, ello no impide compulsar la actuación de la autoridad judicial recurrida, más cuando se tiene acreditado que no incurrió en ningún acto que restrinja indebidamente el derecho a la libertad del representado del actor” .
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Fragmento 4
- procedente
- Fragmento 6
- a)
- III.1.
- III.2.
- para resolver de manera excepcional aquellos supuestos en los que el recurso, por error en la identidad, es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal, y sólo cuando éste es manifiestamente contrario a la ley y existen los elementos de convicción pertinentes que lo acrediten
- modificar, confirmar o revocar
- ello no impide compulsar la actuación de la autoridad judicial recurrida, más cuando se tiene acreditado que no incurrió en ningún acto que restrinja indebidamente el derecho a la libertad del representado del actor
- III.3.
- III.4