Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
II.8.
II.8. Por escrito de 3 de mayo de 2005 la recurrente solicitó a la autoridad judicial conmine el cumplimiento de la orden judicial (fs. 11). La Jueza Séptima de Instrucción en lo Civil mediante proveído de 5 de mayo de 2005, dispuso que el recurrido informe los motivos por los cuales no dio cumplimiento a la orden judicial emanada de su despacho, el cual debía hacer llegar en forma directa al Juzgado (fs. 11 vta.).