SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
procedente en parte
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando procedente en parte el recurso, disponiendo que la autoridad recurrida franquee fotocopias legalizadas de todos los documentos solicitados en el término de cuarenta y ocho horas. Como fundamento se señala que habiendo la recurrente formulado dos petitorios, uno de revisión de su examen y otro de francatura de documentos, este último no fue cumplido por el recurrido pese a existir requerimiento fiscal y orden judicial y a que en su currículo vitae consta su dirección, habiéndose violado consecuentemente el derecho de petición.
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal del recurso al haber declarado procedente en parte el amparo, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.