SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0583/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
1)
El Alcalde e Intendente Municipal co demandados por intermedio de su abogado, sostuvieron lo siguiente: 1) las autoridades recurridas no han vulnerado los derechos que alega el actor; 2) el recurrente no agotó los recursos administrativos previstos en la Ley de Municipalidades, pues para la apertura del local comercial que pretende debe seguir varios pasos y requisitos en la Alcaldía y en el propio Concejo Municipal en su caso.
1º APROBAR en parte la Resolución 18/2005 cursante de fs. 68 a 71, pronunciada el 28 de septiembre, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, manteniendo la concesión del recurso con relación al derecho de petición, disponiendo que las autoridades demandadas atiendan la petición del actor conforme a los fundamentos expuestos en el presente fallo.