Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0583/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
II.5.
II.5. A través de los memoriales presentados el 19 de abril de 2005 (fs. 6 a 7) reiteró su solicitud de apertura de su local comercial, y pidió se conmine al Alcalde a autorizar tal apertura. El Presidente y Secretario del Concejo Municipal por oficio HCMC 43/05, de 25 de abril de 2005 (fs. 9) le comunicaron que el Concejo Municipal no descuidó su petición puesto que el 4 de abril de 2005 se instruyó al Ejecutivo Municipal la presentación de un reglamento de funcionamiento de bares, cantinas, karaokes y locales dedicados al expendio de bebidas alcohólicas, que posteriormente el Concejo Municipal aprobará, por lo que se le comunicó que se informe sobre dicho reglamento.