Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0611/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
2º CONCEDE
2º CONCEDE el amparo solicitado, disponiendo que la recurrida se abstenga de protagonizar los hechos demandados, permita el ingreso al negocio de la recurrente, el uso de agua potable y el ingreso al baño higiénico a la misma, en tanto el Juez que conoce el proceso de desalojo disponga lo que sea de ley.