SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2006-R

Fecha: 29-Jun-2006

al Juez Instructor la función de ejercer el control de la investigación

En ese orden, la citada SC 0181/2005-R, determinó que: “(…) el Código procesal de la materia atribuye, en el art. 54.1 del CPP al Juez Instructor la función de ejercer el control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en este Código'. A su vez, el art. 54 del mismo Código adjetivo establece que el imputado puede ejercer la defensa de sus derechos y garantías desde el primer momento del proceso (…)”  (las negrillas son nuestras).