AUTO CONSTITUCIONAL 215/2006-RCA
Fecha: 18-Jul-2006
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 27 de diciembre de 2005, cursante de fs. 11 a 12, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Rómulo Rojas Gott contra Susana Auad de Castellanos, Jueza Técnico del Tribunal de Sentencia Primero en lo Penal de la capital; José Hugo Cuenca Bejarano, Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Yacuiba; Marcos Ramiro Miranda Guerrero y Freddy Martínez Ovando, vocales de la Sala Penal y Sala Civil Primera de dicha Corte, respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la defensa, a ser oído y vencido en juicio, debido proceso y al juez natural, previstos en los arts. “7 inc. a), i”, 9 y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in limine
- a)
- la exigencia de la inmediatez en la interposición de éste recurso constitucional debe ser verificada por el Tribunal o Juez de garantías
- después de más de 8 meses, dado que el presente recurso de amparo constitucional fue interpuesto el 22 de diciembre de 2005
- APROBAR