AUTO CONSTITUCIONAL 228/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 228/2006-RCA

Fecha: 25-Jul-2006

II.3.           Análisis del caso de autos

La jurisprudencia precedentemente citada es de aplicación en el caso que se examina, toda vez que se acusa de arbitraria e ilegal la Sentencia de 18 de enero de 2002, pronunciada dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco Ganadero S.A. contra Fernando Barba Bello y Francisco Javier Sosa Cronembold, proceso en el que la mandante del recurrente no fue demandada en su condición de garante hipotecaria; y que en ejecución de Sentencia se procedió a la subasta y remate de su inmueble; sin embargo, no fundamenta ni acredita con prueba suficiente que previamente -ante el conocimiento del fenecido proceso- hubiera utilizado algún medio impugnativo, sea incidente de nulidad -por supuesta indefensión-, o de oposición -dado que según indica ya se llevó a cabo el remate-, tal cual dispone el art. 45 de la LAPCAF u otros que el orden legal prevé para la reclamación del derecho propietario que la mandante del recurrente indica tener.