Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0636/2006-R
Fecha: 04-Jul-2006
b)
b) Teniendo en cuenta que el 22 de diciembre de 2003 se ejecutorió la Sentencia ante la aceptación al retiro del recurso de apelación interpuesto por los representados del actor, no es aplicable la SC 0101/2004, de 14 de septiembre que estableció los parámetros por los cuales se puede pedir la extinción de la acción, pues la Sentencia adquirió la calidad de cosa juzgada.