SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0683/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0683/2006-R

Fecha: 17-Jul-2006

1)

La recurrente ratificó el tenor de la demanda por intermedio de su abogado, quien añadiendo manifestó: 1) que no es posible que los Fiscales recurridos citen a su defendida  por las opiniones o defensa que realice como abogada defensora en un caso concreto,  no puede ser juzgada por hechos relativos al ejercicio profesional; 2) para ser juzgada su cliente debe ser previamente procesada  por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados, para que sea licenciada; 3) ni la Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas que era inconstitucional, antes de sus modificaciones facultaba perseguir al abogado defensor; 4) amparándose en el art. 43 de la LA, 7 y 22 del CEPA, pide se declaré procedente el recurso, dado que su defendida no puede ser perseguida  por hechos que emergen de su condición de abogada defensora.