Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0692/2006-R
Fecha: 17-Jul-2006
III.
El recurrente alega la vulneración de sus derechos a la libertad y la defensa denunciando que el 15 de junio de 2006 fue notificado para que asista el 16 de junio de 2006 a horas 14:00 a la Brigada de Protección a la Familia, donde no le dejaron hablar, menos le tomaron declaración ni se cercioraron si realmente agredió a su esposa, disponiéndose ilegalmente su arresto en celdas de la PTJ, pese a que la recurrida no tiene competencia para ordenar su arresto ya que no fue un delito in fraganti, por el contrario se presentó a esa audiencia. En consecuencia, corresponde revisar si los extremos denunciados son evidentes y si merecen la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.