SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2006-R
Fecha: 17-Jul-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 1 de octubre de 2005 (fs. 139 a 143), el recurrente alega que la institución Morenada Central Oruro fundada por la Comunidad Cocanis, es una persona colectiva con plena capacidad que cuenta con personería y reconocimiento legal de las entidades públicas pertinentes y de la Asociación de Conjuntos de Folclore - Oruro (ACFO).
Refiere que ante el fenecimiento del mandato del Directorio 2002-2004, el saliente convocó a la Asamblea General que a su vez decidió convocar a elecciones en las que se evidenció irregularidades que llevaron una impugnación declarada procedente que conlleva la nulidad del acto eleccionario, por lo que se dispuso la convocatoria a nuevas elecciones.
Señala que como consecuencia de los problemas surgidos, posteriormente, el Presidente saliente y una de las candidatas de la primera elección, formularon un recurso de amparo constitucional contra el frente ganador y contra Directivos de la ACFO, que en primera instancia fue declarado procedente y ordenó la nulidad de las elecciones, sin embargo en revisión ante el Tribunal Constitucional fue declarado improcedente mediante SC 0809/2005-R, de 19 de julio, respecto a todos los recurridos.
Arguye que en ese escenario en una muestra de madurez democrática tanto los miembros afiliados como el ganador de las elecciones anuladas Edwin Ramón Villarte Antezana que fue posesionado por la ACFO, en franca violación a sus estatutos y reglamentos pero no por el comité Electoral cual exige el art. 33 de su Reglamento, como la Asamblea General de 20 de diciembre de 2004, decidieron convocar y llevar adelante nuevas elecciones para dar paso a una renovación, de sus directiva, se conformó para ello un nuevo Comité Electoral, con la presencia y participación de dos miembros delegados de la ACFO, Jacinto Quispaya y otro. Efectuadas las elecciones el 15 de enero de 2005, en cumplimiento del art. 31 inc. a) del Estatuto y 33 del Reglamento de la institución Morenada Central Oruro fundada por la Comunidad Cocanis se procedió a la posesión de las nuevas autoridades elegidas, por parte del Comité Electoral en pleno y por el directorio saliente a la cabeza de su presidente Oscar Cristóbal Martínez Choque.
Indica que el Comité Electoral solicitó formalmente a la ACFO, practicar el reconocimiento y posesión a los nuevos directivos, sin resultado alguno, petición a la que se sumo su persona, empero sólo obtuvieron como respuesta el oficio 269/2005, suscrito por los recurridos donde de manera extraña y oficiosa se le niega el reconocimiento y posesión impetrados, coartándole el ejercicio del mandato para el cual fue investido y electo como Presidente de la institución Morenada Central Oruro fundada por la Comunidad Cocanis respaldado por sus veinte años de danza continua y su presencia en las Directivas de los años 1999, 2001 a 2004, aspecto que la ACFO pretende desconocer, sin contemplar que el status y la legitimidad que esgrime emanan de un proceso eleccionario legal y legítimo.