Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0724/2006-R
Fecha: 21-Jul-2006
c)
c) como consecuencia del nombramiento anterior, surgió la conminatoria judicial para que el menor haga entrega de los bienes recibidos, constatándose que a “fs. 379 y 377”, el Juez de la causa recurrido sigue conminando al menor a objeto de que entregue los bienes entregados en depósito, por lo que tomando en cuenta que en este caso el depositario nombrado no tenía la capacidad procesal para intervenir en ese acto tan importante y asumir una responsabilidad que solo está facultada a personas mayores de edad, se hace viable el recurso a fin de garantizar el derecho a la plena libertad y evitar una persecución indebida del menor nombrado.