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    AUTO CONSTITUCIONAL 396/2006-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 396/2006-CA

    Fecha: 23-Ago-2006

    toda disposición legal

    En ese contexto, el art. 68 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece la configuración procesal de este recurso, señalando que procede contra toda disposición legal que cree, modifique o suprima un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza, que hubiere sido establecida sin observar las disposiciones de la Constitución Política del Estado.

    • Roberto Fresco Mattos en representación de Fresco y Consultores Asociados S.R.L.
    • I.1. Antecedentes
    • 1)
    • II.1.
    • toda disposición legal
    • II.2.
    • II.3.
    • la norma impugnada se limita a establecer una obligación al sujeto pasivo del RAU, sin crear, suprimir o modificar impuesto alguno
    • II.4.
    • RECHAZA

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