SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0752/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0752/2006-R

Fecha: 01-Ago-2006

II.2.

II.2. Por memorial de 15 de febrero de 2004, la demandante solicitó la declaratoria de rebeldía del demandado (fs. 17), la autoridad judicial recurrida por Auto de 16 de febrero de 2005, aplicando lo dispuesto en el art. 68 del CPC declaró la rebeldía del representado de la recurrente, calificando el proceso por ordinario de hecho, sujetando la causa al término probatoria de 50 días (fs. 17 vta.). Resolución con la cual el representado fue notificado el 11 de marzo en el domicilio que se señaló en la demanda, ubicado en el Barrio Juan XXIII, calle G. Villarroel 0620, entre calle Monseñor Luis Sagredo y Juan de la Cruz Cisneros, constando la presencia del testigo de actuación Daniel Cesar Meneses Catorceno con C.I. 4465887 (fs. 18), notificándose al representado con las demás actuaciones del proceso en el tablero del juzgado (fs. 19-45).