SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0775/2006-R

Fecha: 09-Ago-2006

a)

El recurso se interpone contra Juan José Mariscal Sanzetenea, Gerente Distrital I del Servicio de Impuestos Nacionales, solicitando sea declarado procedente y se disponga: a) la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta el estado de notificar al represenado de la recurrente con el Pliego de Cargo 1492/92 en forma personal; b) la suspensión inmediata de la ejecución tributaria y el remate dispuesto contra el bien inmueble del representado de la actora.

La recurrente, por su representado aduce la lesión a sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la petición, por cuanto: a) casualmente se enteró en la oficina de Derecho Reales que su bien inmueble se encontraba con gravámen por orden del Servicio de Impuestos Nacionales por supuestos adeudos del año 1990 emergentes del Pliego de Cargo 1492/92; institución que mediante la oficina de ejecución tributaria le indicó que el trámite se encontraba en estado de remate y que incluso ya existía un postor, negándose a explicar el motivo de dicha deuda; más aún si no se le notificó  personalmente con el Pliego de Cargo para que presente oportunamente sus descargos ni con el aviso de remate; b) no se dio curso a su solicitud de francatura de fotocopias, presentada mediante memorial de 25 de agosto de 2005.  Corresponde, en consecuencia, analizar si tales aseveraciones dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.