SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0789/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
1)
De fs. 40 a 41 cursa el informe de la Jueza recurrida quien expresó: 1) el 11 de febrero de 2005, el fiscal Abel Terán Pérez informó el inicio de investigaciones contra el recurrente y otros, por los delitos de falsificación de documento privado, uso de instrumento falsificado y asociación delictuosa, previstos en los arts. 200, 203 y 132 del CP, presentando el 14 de julio de 2005 la fiscal Lourdes Llanos imputación formal, interponiendo el coimputado Germán León Flores excepción de incompetencia, la que fue rechazada, encontrándose a la fecha pendiente de resolución en la Sala Penal Segunda; 2) el 26 de abril de 2006 el recurrente interpone excepción de incompetencia, falta de acción y tipicidad, siendo providenciado el 27 del mismo mes y año, disponiendo que en lo principal se esté a la apelación interpuesta por Germán León Flores, interponiendo ante esta Resolución recurso de reposición el 8 de mayo de 2006, siendo providenciado el 9 del mismo mes y año, negando la reposición incoada, por existir una apelación concedida en efecto suspensivo y pendiente de resolución; 3) el art. 396 del CPP, señala las reglas de estos recursos, así el inc. 1) específica que tendrán efecto suspensivo, salvo disposición contraria, teniendo presente que los recursos con efecto devolutivo son los expresamente señalados por ley y en el caso presente al no estar previsto expresamente que esta clase de apelación sea en el efecto devolutivo, se entiende o implica que debe ser en efecto suspensivo, con pérdida de competencia momentánea, encontrándose la apelación incoada por Germán León que versa sobre incompetencia, pendiente de resolución.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- acto considerado ilegal debe tener como consecuencia el desconocimiento de la garantía del debido proceso, el mismo que da origen o causa la supresión o restricción de la libertad física o derecho de locomoción, o,
- APRUEBA