SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2006-R

Fecha: 15-Ago-2006

I.2.2. Informe de la persona recurrida

El abogado y apoderado del recurrido, informó que se cursó carta de agradecimiento de servicios al recurrente porque no cumplió con el contrato pactado, toda vez que se advirtieron deficiencias en el desarrollo de su trabajo, especialmente en lo que respecta al manejo de recursos económicos del Colegio de Arquitectos de Chuquisaca, por lo que el Directorio de esa entidad, requiere contar con el personal que realice su actividad laboral en armonía y distensión. Por otra parte, el recurrente equivocó la vía legal para hacer valer sus derechos, ya que al ser un reclamo laboral, debe acudir a esa instancia, porque el presente recurso no es sustitutivo de otros medios de defensa; consecuentemente solicitó que se declare la improcedencia del recurso, presentando  documentación a consideración del Tribunal de amparo.