SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2006-R
Fecha: 21-Ago-2006
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus pronunció Resolución declarando procedente el recurso, disponiendo la nulidad del proceso hasta que el imputado asuma su defensa y ordenando su inmediata libertad. Como fundamentos se señalan: 1) la notificación al imputado es esencial para que éste asuma defensa en el ámbito del debido proceso previsto por el art. 16 de la CPE, no pudiendo el Juez de la causa dictar sentencia sin una revisión exhaustiva de los antecedentes procesales, aspecto que no se cumplió; 2) la cosa juzgada cuando es fruto de un trámite defectuoso no existe como tal conforme expresan las sentencias del Tribunal Constitucional, al no haberse observado los principios básicos del derecho a la defensa, por lo que el recurrente se encuentra ilegalmente privado de su libertad.
Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.