SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0815/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0815/2006-R

Fecha: 21-Ago-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega estar indebidamente detenido, por cuanto  el 26 de junio de 2006 fue sorpresivamente detenido y conducido al centro penitenciaro “San Pablo-Quillacollo” no obstante encontrarse en vigencia la Circular 15/2006 pronunciada por la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que dispuso que durante la vacación judicial comprendida desde el 28 de junio hasta el 15 de julio quedaba en suspenso la ejecución de los mandamientos expedidos con anterioridad, situación que fue de conocimiento de los “vocales, jueces y funcionarios de apoyo jurisdiccional de Juzgados de la Capital, Provincias, autoridades policiales, administrativas y de sustancias controladas”. Por consiguiente, corresponde en revisión, determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.