SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2006-R

Fecha: 22-Ago-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

María Jacqueline Mejía Villalba (su mandante) ha ejercido el cargo de Agente Consular en el Consulado de Calama por cuatro años, período máximo establecido por la Ley del Servicio de Relaciones Exteriores para la rotación de personal por lo que el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante nota fax de 18 de junio de 2004 dispuso el término de sus funciones a partir del 30 de septiembre de 2004 a fin de que sea reubicada en otro puesto. El 3 de octubre de ese mismo año su mandante comunicó a dicho Ministerio que se encontraba en estado de gestación con seis meses de embarazo pidiendo su reincorporación  al servicio central del Ministerio.

El 9 de marzo de 2005, interpuso recurso de revocatoria contra el acto administrativo que omite su reincorporación dispuesta para el 1 de marzo; sin embargo, este recurso no fue respondido, por lo que ante el silencio administrativo presentó el 12 de abril de 2005, recurso jerárquico pronunciándose la Resolución Administrativa (RA) 001/2005, de 16 de mayo, suscrita por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Juan Ignacio Siles del Valle.

Su mandante tuvo que dejar de ejercer sus funciones desde el 30 de septiembre de 2004 dando a luz el 15 de enero de 2005, sin trabajo, sin sueldo, sin seguro de salud y sin subsidio prenatal y postnatal con la única esperanza que quizá el 1 de marzo de 2005 pueda volver a trabajar y gozar de los derechos que el Estado le otorga a ella y a su hija.