SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2006-R

Fecha: 22-Ago-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que se han lesionado los derechos de su mandante a la “inamovilidad del puesto de trabajo en estado de gravidez”, a la seguridad jurídica, al trabajo y a la seguridad social, reconocidos -según indica- por los arts. 193, 7 incs. a) y j) y 158 de la CPE, por cuanto las autoridades recurridas no han procedido a su reincorporación en el servicio central de la entidad en la que presta sus servicios, pese a que el 3 de octubre de 2004, días después a que culminó su función en la Delegación Consular en Calama, anunció de su estado de gestación y solicitó su reincorporación, privándole de tener un trabajo, sueldo, seguro de salud y subsidios prenatal y postnatal; y si bien dispusieron su “reincorporación” en el primer ítem acéfalo que exista previsto para el 1 de marzo de 2005, tal hecho no sucedió. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.