Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega la vulneración de su derecho al debido proceso, en razón a que la Jueza recurrida no declaró la extinción de la acción penal no obstante que el Fiscal de Distrito y la Fiscal adjunta asignada a la investigación, emitieron sus resoluciones fuera de los plazos de ley. Consiguientemente, corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 18 de la CPE.