AUTO CONSTITUCIONAL 277/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 277/2006-RCA

Fecha: 21-Sep-2006

aporten pruebas suficientes

Sobre el particular la SC 1103/2002-R de 13 de septiembre, señaló que:  “para acusar un acto ilegal lesivo de derechos fundamentales bajo la protección del amparo, es preciso e ineludible que el agraviado o su representante aporten pruebas suficientes que demuestren el acto ilegal, pues para el caso de que esto no ocurra, no se tendrá la certeza suficiente de la infracción al derecho que se considera infringido, y en esas circunstancias, otorgar la tutela no es posible, dado que se estaría ante un posible fallo injusto contra el recurrido dándose por cierto un acto ilegal u omisión indebida cuando éste no ha sido demostrado y menos constatado”; es decir que, las pruebas deben guardar relación con el hecho que motiva el recurso y demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron, obedeciendo a la “… certeza indubitable de dos factores concurrentes: por una parte la existencia del acto lesivo, y por otra, la intervención, decisión y responsabilidad del recurrido (las negrillas son nuestras) (SC 1782/2004-R, de 16 de noviembre).

En consecuencia, no obstante haberse concedido el plazo de 48 horas para subsanar dichas observaciones, el recurrente no acreditó la lesión de los derechos denunciados en el memorial de demanda; es decir, no demostró -cual era su carga- el acto ilegal que acusa, por cuanto no existe ningún memorando que acredite tal destitución, ni el agotamiento de los recursos o vías legales correspondientes que evidencien los reclamos, las peticiones de reconsideración a la decisión adoptada o solicitudes de explicación a tal determinación, situación que motiva el rechazo de la presente acción conforme dispone la parte in fine del art. 98 de la LTC.