Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 277/2006-RCA
Fecha: 21-Sep-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 01/2006, de 14 de febrero, cursante de fs. 12 a 13, pronunciada por la Jueza Segunda de Partido de Guayaramerin del Distrito Judicial de Beni, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Germán Ulloa contra Gabriel Sossa Salvatierra, Gerente de Red del Distrito de Salud 08 del Beni, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la remuneración, a la seguridad social y al debido proceso, previstos en los arts. 7 inc. a), d), j) y k) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- II.
- Fragmento 5
- los mismos están orientados a evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos necesarios para decidir sobre la pretensión jurídica deducida.
- Los requisitos formales, son los previstos en los parágrafos I, II y V del art. 97, los que podrán ser subsanados por el recurrente en el plazo mencionado
- II.3. Análisis del caso venido en revisión
- aporten pruebas suficientes
- segundo expediente