AUTO CONSTITUCIONAL 277/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 277/2006-RCA

Fecha: 21-Sep-2006

I.2. Resolución

La Jueza Segunda de Partido de Guayaramerin del Distrito Judicial de Beni, mediante providencia de 9 de febrero de 2006 cursante a fs. 10 vta., observó el memorial de demanda y requirió que con carácter previo el recurrente cumpla con el requisito establecido por el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), adjuntando por un lado las pruebas que acrediten el acto ilegal denunciado, así como el agotamiento de las vías legales, otorgándole al efecto el plazo de 48 horas, actuación con la que el recurrente fue notificado personalmente (fs. 11).