AUTO CONSTITUCIONAL 277/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 277/2006-RCA

Fecha: 21-Sep-2006

II.3. Análisis del caso venido en revisión

De la revisión del caso de autos se establece que luego de presentado el recurso, mediante providencia de 9 de febrero de 2006 (fs. 10 vta.), la Jueza de amparo dispuso que con carácter previo a su admisión debía subsanar las observaciones referidas a la presentación de la prueba que sustente el acto ilegal que denuncia, así como demostrar el agotamiento de las vías legales de reclamo que correspondan, otorgándole al efecto el plazo de 48 horas, Resolución con la que el recurrente fue notificado personalmente el 10 de febrero de 2006 (fs. 11), por cuanto de obrados se evidencia que no cursa en el expediente prueba que demuestre ambos extremos, lo que determina que el recurrente incumplió con los requisitos de forma exigidos por el art. 97.V de la LTC.