SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0876/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0876/2006-R

Fecha: 04-Sep-2006

si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos por Ley, se da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto

Criterio que fue complementado por las SSCC 0038/2004-R, de 15 de enero, y 0652/2004-R, de 4 de mayo, última que precisó las dos subreglas a seguirse:“ a) cuando se omite en etapa de admisión del recurso el cumplimiento de alguno de los requisitos y no se subsanan los mismos dentro del plazo de ley, se da lugar al rechazo y; b) si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos por Ley, se da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto'” (las negrillas son nuestras).