Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2006-R
Fecha: 07-Sep-2006
II.6.
II.6. El 29 de marzo de 2005 (fs. 131 a 132) y el 5 de abril de 2005 (fs. 137 y vta.), la agencia despachante solicitó un pronunciamiento expreso sobre la definición jurídica del vehículo en cuestión, en cuyo mérito por providencia de 13 de abril de 2005 (fs. 138), la autoridad recurrida dispuso la incautación del vehículo, orden que fue cumplida el 10 de mayo de 2005 (fs. 159 a 160).