Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0904/2006-R
Fecha: 18-Sep-2006
II.2.
II.2. Por Auto de 31 de octubre de 2005 (fs. 47 a 48), el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazó la solicitud de cesación de detención preventiva del recurrente, argumentado que el imputado debió haber acompañado la certificación que acredite si persistía o no la obstaculización de la averiguación a la verdad conforme el fundamento del Auto de 11 de junio de 2005.